Mediante Resolución de Superintendencia Nº 000189-2019-MIGRACIONES, de fecha 20 de junio del 2019, se aprueba la Directiva M02.SM.DI.006-Lineamientos para la Prórroga de la Calidad Migratoria, que tiene como objetivo establecer lineamientos administrativos simplificados para la atención de las solicitudes de Prórroga de la Calidad Migratoria.
Así pues, tomando en consideración lo mencionado, la Superintendencia Nacional de Migraciones ha puesto en conocimiento público en su portal web lo siguiente:
A partir del 10 de julio del 2019, el trámite de Prórroga de Residencia se realizará de manera personal por el ciudadano extranjero, titular de la solicitud, previa verificación automatizada de la impresión de su huella dactilar.
La solicitud de Prórroga de Residencia deberá presentarse dentro de los 60 días calendarios previos al vencimiento de la misma.
La Prórroga de Residencia y Prórroga de Permanencia sólo podrá solicitarse cuando el beneficiario se encuentre dentro del país.
Lo dispuesto por la Superintendencia cumple de esta manera con las Políticas de Modernización de la Gestión Pública y con los objetivos de implementar la gestión por procesos y promover la simplificación administrativa. Ello con la finalidad de generar resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios, con un enfoque que parte de las necesidades y preferencias ciudadanas y busca agregar valor público en todas las intervenciones estatales.
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