El 18 de marzo de 2018, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 082-2018/SUNAT mediante la cual se modifica la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT, que aprueba normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias(SPOT), a fin de incorporar bienes en dicho sistema, así como la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia N° 158-2012/SUNAT para excluir a los agentes generales, en los siguientes términos:
1. Se reincorpora dentro del Anexo 2 a los siguientes bienes, como sujetos al sistema:
A. Bienes gravados con el IGV, por renuncia a la exoneración con la tasa del 10%.
B. Aceite de pescado con la tasa del 10%.
2. Es importante recordar que, los bienes detallados en el párrafo anterior fueron excluidos del SPOT a partir del 2015 al haberse evidenciado un mejoramiento en el cumplimiento tributario en los sectores o actividades a los que se aplicaba el SPOT.
3. Sin embargo, la Administración Tributaria señala que es preciso reincorporar dichos bienes al SPOT en tanto existe evidencia de incumplimiento tributario y riesgo respecto de la correcta determinación del IGV por parte de dichos contribuyentes, lo que viene afectando la recaudación de este impuesto.
4. La mencionada disposición se aplicará únicamente a la venta de bienes y al retiro considerado venta cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se origine a partir del 1 de abril de 2018.
5. Asimismo, se dispone que, en cuanto a los servicios prestados por operadores de comercio exterior, se considera como tales, siempre y cuando hubieran sido debidamente autorizados para actuar como tales por las entidades competentes a los: “Agentes marítimos”.
6. En ese sentido, se excluye dentro del concepto de operadores de comercio exterior para efectos del SPOT a los agentes generales de líneas navieras.
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Vigencia:
Respecto a la incorporación de bienes al SPOT, la norma entrará en vigencia el 1 de abril de 2018.
Respecto a los servicios prestados por operaciones de comercio exterior, entra en vigencia el 19 de marzo de 2018.
