El 18 de Agosto de 2015, ha sido publicada la Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas Nº 19-GCSPE-ESSALUD-2015, la cual dispone que los concubinos podrán registrarse ante ESSALUD como asegurados derechohabientes del Seguro Regular y Seguro de Salud Agrario (en caso dependiente o independiente), presentando una copia del documento de Reconocimiento de Unión de Hecho, emitido por Resolución Judicial o por Escritura Pública de Reconocimiento, según el trámite señalado en la Ley Nº 29560.

Las disposiciones antes referidas, entrarán en vigencia culminado el plazo de tres (3) meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, es decir el 18 de noviembre de 2015.