El día de hoy 23 de julio se publicó en el diario oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo N° 051-2015-PCM, el cual declara el día lunes 27 de julio del presente, como día no laborable tanto para el sector público como para el sector privado.

El feriado será efectivo para ambos sectores; en cuanto al sector privado, empleador y trabajadores se pondrán de acuerdo para recuperar las horas no trabajadas. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.

En los casos de empresas que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos y vigilancia, éstas están facultadas para determinar los puestos de trabajo a los que no se les aplicará el presente feriado, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.

De la misma manera, las empresas podrán determinar las labores indispensables, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa, labores a las cuales no les será de aplicación el feriado no laborable.